Si bien es posible tener oficiales de cumplimiento SAGRILAFT tercerizados, son varias las consideraciones que deben hacer las empresas.
El SAGRILAFT permite a las empresas asignar a un empleado directo o contratar con un tercero las tareas correspondientes al oficial de cumplimiento.
De esta manera, dicho trabajo puede ser realizado por personas naturales vinculadas a personas jurídicas que presten dichos servicios.
Sin embargo, ¿hasta dónde llegaría la responsabilidad de esos proveedores? y ¿qué debería tener en cuenta una empresa antes de tercerizar ese cargo?
Las respuestas las ha entregado la propia Superintendencia de Sociedades.
Fuente: pagina web Infolaft