Si bien es posible tener oficiales de cumplimiento SAGRILAFT tercerizados, son varias las consideraciones que deben hacer las empresas.

El SAGRILAFT permite a las empresas asignar a un empleado directo o contratar con un tercero las tareas correspondientes al oficial de cumplimiento.

De esta manera, dicho trabajo puede ser realizado por personas naturales vinculadas a personas jurídicas que presten dichos servicios.

Sin embargo, ¿hasta dónde llegaría la responsabilidad de esos proveedores? y ¿qué debería tener en cuenta una empresa antes de tercerizar ese cargo?

Las respuestas las ha entregado la propia Superintendencia de Sociedades.

Fuente: pagina web Infolaft